Ser autónomo y acceder a la prestación por desempleo han sido conceptos incompatibles y obligaban al emprendedor a elegir. La nueva reforma de la ley ha ampliado el rango de edades para acogerse a un derecho de todo los trabajadores. Aquí te resumimos los puntos más importantes.
Cuando ponemos en una balanza los riesgos de ser autónomo o ser trabajador por cuenta ajena, es obvio hacia dónde se inclina la balanza. El trabajador por cuenta ajena tiene una serie de beneficios con las diferentes administraciones que hacen que las preocupaciones sean menores. Uno de estos beneficios es el derecho a la prestación por desempleo. Hay muchos autónomos, sobre todo quienes llevan poco tiempo como trabajador por cuenta propia, que desconocen que tienen derecho a cobrar el paro que paralizaron cuando comenzaron su nueva actividad de autónomo.
Esto ya se podía hacer antes, pero ahora, con la nueva reforma de la ley que aparece en el BOE del 10 de septiembre de 2015, se ha mejorado el acceso a la prestación por desempleo. Esta nueva ley sobre la prestación de desempleo para autónomos entrará en vigor el 10 de octubre de 2015
¿Cuáles son esas modificaciones?
En resumen, las modificaciones principales son:
- En la antigua ley para poder reanudar el cobro de la prestación sólo era posible para los negocios que hubieran cerrado a los 24 meses de haber abierto y sólo podían cobrarlo los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35. En la nueva ley se puede retomar el cobro de la prestación a los 60 meses de la apertura del negocio, aunque se debe de justificar que existe cese de negocio por falta de ingresos. En caso contrario, no se puede acceder a la prestación. Los límites de edad se han eliminado, por lo que cualquier persona tiene el derecho a reclamar el 100% de su paro.
- Antes, los menores de 30 años tenían la opción de seguir cobrando el paro hasta que se estableciera el negocio. Ahora ese límite se ha eliminado y cualquier nuevo autónomo puede cobrar la prestación durante los primeros 9 meses, dando así un margen para conseguir generar ingresos.
- También se ha añadido la posibilidad de elegir entre dos paros: el que se genera como trabajador por cuenta ajena o la prestación por cese de actividad. De esta manera, el autónomo puede escoger la prestación por desempleo que más dinero tenga y que dure más tiempo.
- También puedes solicitar el pago único de toda la prestación para tener capital y crear una sociedad, siempre y cuando el autónomo controle dicha sociedad.
El objetivo que tiene en mente el Gobierno español con estas nuevas reformas es impulsar el autoempleo en España. ¿Crees que estas reformas en la ley serán una puerta a la creación de nuevos negocios?